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SAT «da un respiro» a contribuyentes.Prórroga presentación declaraciones informativas

27 febrero  2023 | EL FINANCIERO/

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para la presentación de declaraciones informativas.

Mediante un comunicado, la autoridad hacendaria señaló que la nueva fecha límite será hasta el día miércoles 15 de marzo, debido a que el aplicativo mediante el cual se presentan cinco declaraciones informativas será sometido a mantenimiento.

Estas declaraciones son:

  • Declaración informativa Múltiple.
  • Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
  • Declaración Informativa por Contraprestaciones o Donativos Recibidos Superiores a 100 mil pesos.
  • Declaración Informativa de Aprovechamiento por el Manejo, Almacenaje y Custodia de Mercancías de Comercio Exterior.
  • Declaración Informativa Múltiple de IEPS.
  • ¿Qué es la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?

    La declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) permite a las personas físicas y morales informar las operaciones con proveedores relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado.

  • ¿Cómo se presenta la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?

    • Descarga la DIOT aquí.
    • Instala la aplicación de acuerdo con las indicaciones del asistente.
    • Llena los datos que se solicitan dentro del formulario.
    • Genera el archivo .dec
    • Da clic en el botón Iniciar.
    • Envía el archivo .dec

    En caso de que la información exceda de 40 mil anexos (registros), podrás acudir a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) que te corresponda, presentando la información en Disco compacto (CD) o unidad de memoria extraíble (USB), con la finalidad de realizar la presentación de la información correspondiente.

    ¿Quiénes están exentos de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?

    Si eres persona física o moral que tributa en el Régimen Simplificado de Confianza; o una persona física con ingresos por actividades empresariales, profesionales y/o arrendamiento, cuyos ingresos no excedan los 4 millones de pesos o iniciaste actividades en el ejercicio y estimas que tus ingresos no excederán de la cantidad señalada, quedarás relevado de cumplir con la presentación de la Información de Operaciones con Terceros.

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