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Policías de Baja California podrán portar armas de fuego, fuera de sus horas de servicio

El pleno del Congreso de Baja California aprobó, por unanimidad, modificaciones a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana, para que policías tengan la autorización de portar su arma de fuego de cargo fuera de servicio, “cuando lo requieran y exclusivamente para su seguridad y legítima defensa”.

La SSC deberá celebrar convenios para la reparación de armamento

Diputados Molina García y Diego Echevarría los inicialistas

MEXICALI,Baja California, 07 de septiembre 2023.– El Pleno del Congreso aprobó la reforma a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, con el propósito de que los elementos policiacos puedan portar su arma de cargo aún estando fuera del servicio, satisfaciendo ciertos requisitos.

Ante los recientes hechos criminales en donde han perdido la vida una cantidad considerable de policías en el Estado, los diputados Juan Manuel Molina García y Diego Echevarría Ibarra, presentaron por separado iniciativas coincidentes en una misma visión, la cual es apoyar la seguridad y protección de los agentes previendo que no se encuentren indefensos después de su jornada.

Ambos inicialistas consideraron que los elementos operativos de seguridad pública, se encuentran en peligro constante de sufrir lesiones leves o hasta la muerte, dentro o fuera del servicio, ya que no solamente se es policía mientras se porta el uniforme, también lo es cuando se está en casa con la familia, o cuando realizan actividades de la vida cotidiana.

De esta manera la reforma a la Ley citada, en su artículo 46 contempla que los policías podrán portar su arma de fuego después de su horario de servicio, estando acreditados por la Licencia Oficial Colectiva, además de cubrir los siguientes requisitos:

• Presentar solicitud al titular de la institución a la que pertenezca, en donde justique los motivos para la portación.

• Someterse a la evaluación de control y confianza.

• No estar vinculado a un proceso penal o haber sido condenado por delito doloso.

• No estar suspendido o inhabilitado por causa grave.

• No contar con denuncias por violencia familiar.

Por su parte Molina García, con la intención de no provocarse desabasto de armas con esta modificación, propuso que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), celebre convenios con la autoridad federal competente para realizar la reparación de armamento que se encuentra inoperante en las instituciones policiales. Lo anterior quedó plasmado en el artículo 19.

Las pretensiones fueron respaldadas por las y los integrantes de la XXIV Legislatura, en vías de solidarizarse con los miembros de las corporaciones policiacas, que prestan su servicio en favor de los bajacalifornianos.

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