INVALIDAD SUPREMA CORTE MUNICIPALIZAR AGUA EN BC: Otro reves de ex gobernador Bonilla
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA,15 agosto 2022/INFORRMACIÓN DE ARMANDO NIEBLA, RADARBC/
La SCJN determinó que el Congreso incumplió con el proceso legislativo al no llamar a los Ayuntamientos en la municipalización del agua.
Por incumplir con el proceso legislativo de llamar a los municipios en el análisis de la transferencia de las comisiones de agua, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Decreto 289 que municipalizaba el servicio de agua potable en Baja California. A propuesta del exgobernador, Jaime Bonilla Valadez, el 28 de julio del 2021, el Congreso Estatal transfirió los organismos operadores del agua a los municipios.
Esta propuesta se envió, analizó y aprobó en un lapso de seis días, lo que generó inconformidad de legisladores, incluidos de Morena. Por lo anterior, 10 diputadas y diputados de la 23 legislatura presentaron una Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN.
El proyecto presentado este lunes por el ministro Alberto Pérez Dayán propuso la invalidez del Decreto 289 por irregularidades en el proceso legislativo.
En su participación el ministro explicó que el Congreso del Estado incumplió con el proceso legislativo al no llamar a los Ayuntamientos.
Detalló que los municipios debieron ser llamados con al menos cinco días de anticipación a la fecha de la sesión. Además, la dispensa de trámite presentada durante la sesión fue injustificada, pues el tema no tenía carácter de urgente.
“En ningún momento se habló, ni de urgencia, ni se justificó porqué una situación de estas pudiera omitirse”, manifestó.
Congreso debió llama a los municipios También, el Legislativo omitió el derecho de los diputados de recibir el proyecto de Decreto con al menos tres días de anticipación a la discusión en el pleno.
De la misma forma, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, expresó que la transferencia de los organismos operadores del agua no puede darse de forma directa.
Es decir, los municipios tendrían que haber realizado la petición formal al Ejecutivo. Sin embargo, se impuso mediante una ley desde el Legislativo, lo que viola la Constitución.
Finalmente, el proyecto se aprobó con ocho votos a favor y uno en contra, por lo que surtirá efectos luego de notificar al Poder Legislativo. .