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CONSTANCIA FISCAL. SAT dará facilidades al trámite,pero no hay prorroga.No pueden retener salario

El órgano recaudador de impuestos dio a conocer que dará más facilidades para agilizar dicho trámite, sobre todo para las empresas con más de 400 trabajadores

CIUDAD DE MÉXICO, 29 mayo 2022/ EL UNIVERSAL.- El órgano recaudador de impuestos dio a conocer que dará más facilidades para agilizar dicho trámite, sobre todo para las empresas con más de 400 trabajadores.

Ante la saturación para solicitar la Constancia de Situación Fiscal por la que acuden miles de contribuyentes a las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el órgano recaudador de impuestos dio a conocer que dará más facilidades para agilizar dicho trámite, sobre todo para las empresas con más de 400 trabajadores.

Sin embargo, con dicha respuesta, no atendió las solicitudes del gremio de contadores y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), de otorgar una prórroga de seis meses para la correcta emisión del comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que incluye a los recibos de nómina con los nuevos requerimientos de nombre, dirección y código fiscal de quien lo emite y recibe.

En un comunicado, destacó que la Constancia conocida como Constancia de RFC, contiene información requerida por el empleador para la correcta emisión de la nómina.

De ahí que trabajadores de distintas empresas o negocios han acudido a las oficinas de la institución a tramitar dicha constancia, admitió.

Hay que recordar que a partir de julio próximo, para el timbrado de la nómina bajo la nueva versión 4.0 del comprobante fiscal digital por internet (CFDI), será obligatorio poner el código postal del domicilio del trabajador y no el de la empresa.

Para los empleadores que tengan más de 400 trabajadores, el SAT dispuso que el representante legal podrá solicitar apoyo masivo en el correo electrónico cifmasivo@sat.gob.mx.

Lo anterior consiste en establecer un horario específico para entregar las constancias a cada uno de los trabajadores en la oficina del SAT de manera personal y contra identificación oficial.

Cuando se trate de más de mil constancias, el SAT las entregará en las oficinas de la empresa o establecimiento.

Trámite presencial

Para los contribuyentes que quieran acudir a las oficinas del SAT sin cita para obtener la Constancia de Situación Fiscal, únicamente deberán llevar una identificación oficial.

Medio electrónico

Las alternativas por medios remotos sin acudir a las oficinas del SAT señaló las siguientes:

• Ingresar a sat.gob.mx a la sección de Otros trámites y servicios, dar clic en Genera tu Constancia de Situación Fiscal.

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• Solo se necesita el RFC y Contraseña o firma electrónica (e.firma) vigente.

En SAT Móvil:

• Descargar la aplicación SAT Móvil desde cualquier celular o tableta con conexión a Internet.

• Sólo se necesita el RFC y Contraseña. SAT ID:

• Ingresar a SAT ID desde cualquier celular o tableta con conexión a Internet. Se necesita:

• Identificación oficial vigente.

NO PUEDE RETENER SALARIO

JUAN RIOS AGUILAR IDC/

Una de las novedades en materia fiscal, es la utilización de los CFDI de nómina versión 4.0 y su complemento versión 1.2 (a partir del 1o. de julio de 2022), y para ello, es necesario que el patrón cuente con la información fiscal actualizada de los empleados, tales como nombre y domicilio. Tratándose del domicilio debe indicarse el Código Postal que se encuentre señalado en la Constancia de Situación Fiscal, ello porque si no coincide con los datos que tiene el SAT, el salario no podrá ser deducible. Situación que podrá generar un detrimento patrimonial al empresario.

 

Derivado de ello, existe el rumor en diferentes medios de comunicación, que, si los trabajadores no entregan la constancia de situación fiscal, la empresa no podrá timbrar los recibos de nómina, y en consecuencia no podrán cobrar el salario o corren el riesgo de no obtenerlo. Situación que además de ser absurda, está alejada de la realidad jurídica que impera en materia del trabajo.

 

Según el artículo 82 de la LFT, el salario es la retribución que debe cubrir el patrón al trabajador por sus labores; es decir, por cada día laborado, se tiene derecho a esa percepción.

 

Doctrinalmente se considera que el salario es una “institución fundamental de derecho deltrabajo que representa la base del sustento material de los trabajadores y una aspiración a su dignificación social, personal y familiar” (Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM).

 

Ello porque con el salario, los jefes de familia pueden satisfacer sus necesidades normales, en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de sus hijos, y se tiene derecho a recibirlo por ser parte del trabajo digno o decente (arts. 123, apartado A, fracc. VI, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos —CPEUM— y 2o., LFT).

 

Los trabajadores tienen el derecho fundamental de percibir su salario, tan es así, que los numerales 5o. y 123, fracción VIII de la CPEUM prevén que nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial y que el salario mínimo queda exceptuado de embargo, compensación o descuento, respectivamente.

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