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TRABAJADOR PERDIÓ SU BRAZO EN TRABAJO.¿ A qué tiene derecho?

MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, 17 marzo 2021/ La Voz de la Frontera/

Un empleado de nave industrial sufrió perdida de uno de sus brazos en un accidente laboral registrado la tarde del miércoles 17 de marzo 2021, en hechos ocurridos en la cercanía de colonia Granjas Arcoíris, zona Oriente de Mexicali.

Alrededor de las 15:20 horas se reportó a la línea de emergencia sobre un accidente laboral en la fábrica sobre Anillo Periférico y bulevar Islas Agrarias, donde acudieron agentes de la Policía Municipal solicitando paramédicos.

Se informó que el hombre, identificado como Juan Antonio ¨N¨, de 41 años, había quedado prensada uno de sus brazos, donde al intentar sacarlo la extremidad fue amputada.

El empleado trasladado por sus compañeros de trabajo a una clínica de salud, donde se requirieron paramédicos de Cruz Roja Mexicana quienes lo llevaron a clínica 30 del IMSS, reportándolo en condición reservada.

A QUÉ TIENEN DERECHO DE ACUERDO A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO?

Artículo 473. Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. … También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.

 

¿Cómo se indemniza a un trabajador por accidente de trabajo?
Pensión de invalidez: Es un pago mensual a que tiene derecho el trabajador por haber perdido el 50% o más de la capacidad laboral, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. … *Cuando la invalidez sea superior al 66%, la pensión será equivalente al 75% del Ingreso Base de Liquidación.
Estos Riesgos de Trabajo pueden producir:
  • incapacidad temporal
  • incapacidad permanente parcial
  • incapacidad permanente total
  • muerte, y
    desaparición derivada de un acto delincuencial

Los patrones son responsables de lo que les ocurra a su trabajadores en su centro de trabajo, pero si  aseguran a su personal en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, éste los subroga en el cumplimiento de las obligaciones previstas en la LFT (art. 53, LSS).

El artículo 487 de la La Ley Federal del Trabajo, indica que si el trabajador  sufre un accidente de trabajo tiene derecho a:

  • atención médica, quirúrgica y farmacéutica
  • servicio de hospitalización
  • aparatos de prótesis y ortopedia
  • rehabilitación, e
  • indemnización correspondiente

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