Te explicamos los retiros que puedes hacer a tu Afore.
Dos tipos de retiro/El Economista/
06 SEPTIEMBRE 2024.-El movimiento más común, es el retiro parcial por desempleo. Este tipo de retiro se puede hacer si se cumplen las siguientes condiciones: tener 46 días naturales en el desempleo, tener al menos tres años con tu cuenta de ahorro para el retiro abierta y 2 años cotizados ante el IMSS o tener cuando menos 250 semanas cotizadas ante el IMSS, semanas cotizadas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no haber efectuado este retiro en los últimos 5 años anteriores y tener actualizados tu Expediente Electrónico y tu Expediente de Identificación de Trabajador.
Es posible hacer ese trámite de manera virtual, a través de la app Afore Móvil o con las herramientas que la administradora de tu Afore ponga a disposición de sus clientes. En caso de querer hacerlo de manera presencial, necesitarás una clave única de servicio (CUS), número de seguridad social (NSS), una identificación vigente y, finalmente, una cuenta bancaria y su respectivo estado de cuenta.
También se puede realizar un retiro parcial por matrimonio, este retiro corresponderá al año en el que el trabajador se haya casado y equivaldrá a 30 veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) si se realizó en 2016 o posterior, si fue antes de 2016 será equivalente a 30 veces el salario mínimo.
En el caso del retiro por matrimonio, se necesitará tener, como mínimo, 150 semanas cotizadas a partir del 1 de julio de 1997, tener actualizado tu expediente electrónico y tu expediente de identificación de trabajador. Este retiro no se debe haber hecho en veces anteriores y estar laborando activamente o estar dentro de los 90 días posteriores a tu baja.
Finalmente, se pueden retirar de manera parcial o total los recursos de la subcuenta de aportaciones voluntarias. La ventaja de los ahorros voluntarios es que permite acumular y sacar recursos de la Afore, dependiendo de las necesidades específicas del trabajador.