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¿QUÉ TRABAJADORES PENSIONADOS PAGARÁN IMPUESTOS POR GANANCIAS EN JUNIO?

CIUDAD DE MÉXICO,17 mayo 2021/

Silvia Stang/Shutterstock/

En junio, con la recomposición de los haberes jubilatorios que habrá por la aplicación de la ley de movilidad, deberá ajustarse también el monto del ingreso mensual a partir del cual los jubilados y pensionados están alcanzados por Ganancias.

La actualización de esa cifra podría coincidir con la readecuación del esquema a la nueva ley del impuesto aprobada en abril por el Congreso.

Las disposiciones de esa normativa legal todavía no se pusieron en práctica, ni para los jubilados ni para los asalariados, porque el Ministerio de Economía y la AFIP no emitieron las reglamentaciones que hacen falta.

Desde 2017 y por una ley aprobada a fines del año previo, los jubilados que cumplen con determinadas condiciones pagan Ganancias a partir de un ingreso mensual que es superior al que obliga a tributar a los empleados bajo relación de dependencia.

Antes de ese año, las condiciones eran iguales para unos y otros. Aquella ley, que actualmente se está aplicando, estableció que los pasivos tributarían a partir de un ingreso equivalente a seis veces el haber mínimo. Desde marzo de este año y hasta el actual mes de mayo eso monto es de $123.428,64.

Para acceder a ese piso especial para la imposición (y no quedar alcanzado por el tributo en iguales condiciones que un asalariado), se dispuso que debían cumplirse dos condiciones:no recibir ningún ingreso de otra fuente (además del previsional) y no estar alcanzado, en función del patrimonio, por el impuesto a los Bienes Personales.

 De esta manera, contar con un plazo fijo como inversión, por ejemplo, ya inhabilita para que se aplique la regla de los seis haberes mínimos.

Con la reforma reciente (todavía no implementada), se dispuso que, para definir cuál es el ingreso a partir del cual se paga el impuesto, se multiplique por 8 (y ya no por 6) el monto del haber mínimo.

En junio, los haberes se actualizan por el índice de movilidad y la suba será de 12,12% según anunció la Anses.

Entonces, si se concretan ambos cambios a la vez (la puesta en práctica de la ley aprobada este año y la actualización del monto alcanzado por Ganancias, dado el reajuste del haber mínimo), pasarán a estar alcanzados por Ganancias quienes tengan un haber superior a los $184.517,60. Si, en cambio, la implementación de la ley 27.617 siguiera demorada, entonces se verían alcanzados por el tributo quienes tengan haberes que superen los $138.388,20.

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