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TU DERECHO AL AGUINALDO EN MÉXICO.¿Cómo saber aprovecharlo?

La Ley Federal del Trabajo te respalda

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo estipula que todos los trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo. Además, debe ser pagado antes del 20 de diciembre.

Esta prestación debe equivaler a 15 días de salario, mínimo, de acuerdo con su antigüedad en la empresa. Asimismo, los trabajadores que tienen menos de un año deberán recibir el aguinaldo correspondiente a una parte proporcional del tiempo laborado.

Para aprovechar este ingreso adicional, es importante que consideres tus prioridades financieras. Además de tener en cuenta que este dinero, si lo inviertes inteligentemente, podría ayudarte a sobrellevar la cuesta de enero.

Tu aguinaldo como ahorro

Leonardo González, analista Real Estate de Propiedades.com, recomienda ahorrar el 20 por ciento de tu aguinaldo.

“Este debería ser un objetivo general para todos los hogares. Aunque en realidad se debe potenciar el ahorro como una estrategia clave que mejore el presupuesto de la familia”, indica.

El experto señala que este ingreso es una opción ideal para saldar deudas, incrementar gastos de la canasta de consumo o potenciar inversiones personales. Además, aconseja hacer un uso responsable de este ingreso, evitando gastos innecesarios, impulsivos o fuera del rango de tu presupuesto.

Si tu objetivo es utilizar tu aguinaldo como un ahorro, González propone acumularlo en las siguientes opciones:

• Fondo de ahorro para contingencias.

 Ahorro personal.

• Inversiones patrimoniales.

• Fondo de ahorro para objetivos (viajes, autos, etc.).

Inversiones de bajo riesgo para tu aguinaldo

Si tu objetivo es hacer trabajar tu dinero para que genere rendimientos, debes considerar tus capacidades financieras y cómo prefieres manejarlas. Si estás buscando una herramienta que te permita invertir tu aguinaldo de forma segura, libre de riesgo y con liquidez, hay varias opciones.

“Para generar rendimientos, es recomendable invertir en un instrumento que te permita reunir una cantidad en menor tiempo. Así se generan intereses en cierto plazo usando herramientas de bajo riesgo como Cetes, Pagarés, Bondes y Udibonos, por ejemplo”, detalló.

González aconseja que destines entre 30 y 50 por ciento de tu aguinaldo a este tipo de instrumentos de inversión. Pues, actualmente, la tasa base libre de riesgo en ellos es de 5.25 por ciento. Aunque, agrega, podría incrementarse a 5.5 por ciento al cierre del año.

Inversiones de alto riesgo

Para quienes cuentan con un capital mayor y quisieran mayores ganancias, existen otros tipos de instrumentos para lograrlo. González explica que se debe considerar el perfil de riesgo de cada inversionista antes de elegir alguna de las opciones que hay.

“En la medida que un inversionista tenga mayor orientación al riesgo, deberá invertir en acciones fondos o instrumentos bursátiles. Si este es el caso, recomendaría empezar con fondos vinculados al IPC o Fibras”, dice.

Si te has decidido por estas opciones, el experto sugiere que adoptes un perfil de acuerdo con tu capacidad de riesgo e inviertas un porcentaje acorde:

• Conservador: 10 a 15 por ciento de tu aguinaldo.

• Neutral: 20 a 30 por ciento.

• Riesgo: 30 a 50 por ciento.

González aclara que estos fondos también son una herramienta útil para cumplir objetivos realistas de consumo. Por lo tanto, es fundamental revisar tu presupuesto y planear nuevas metas financieras para los meses y años siguientes.

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Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta o eventuales, tienen derecho al pago de aguinaldo.

13 diciembre 2021 |

El 20 de diciembre es la fecha límite para que tu patrón te pague lo correspondiente a tu aguinaldo.

La Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre de 2020, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.

En este caso, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor actual es de 89.62 pesos mexicanos. Es decir, va de cuatro mil 481 a 44 mil 810 pesos.

Puedes reclamar

El trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.

Vía telefónica al 5998-2000, extensiones 44740 y 44741 o al 8007172942.

En este caso, la Procuraduría te brinda asesoría legal gratuita. En un inicio, el abogado puede intentar una mediación entre el patrón y el trabajador antes de iniciar un proceso de demanda.

Para iniciar con una demanda deberás acreditar la relación laboral que llevas con tu patrón y esto puede ser a través de un contrato, una credencial de empleado, recibos de nómina u otros.

Recuerda que aquellos que nos reciben aguinaldo son los trabajadores por honorarios. Además de que el pago de esta prestación no puede pagarse en especie y debe entregarse en una sola exhibición y no por partes.

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