DERECHOS Y OBLIGACIONES DE TRABAJADORAS DEL HOGAR
CIUDAD DE MÉXICO, JUNIO 2021/ SECRETARIA DEL TRABAJO FEDERAL/
Contar con una habitación cómoda e higiénica. Alimentación sana y suficiente. Pago anual de 15 días de salario por concepto de aguinaldo o parte proporcional, según sea el caso. Trato digno, respetuoso y amable.
El trabajo del hogar es una de las ocupaciones más desprotegidas y mal remuneradas, con extensas jornadas de trabajo, sin cobertura de seguridad social y con mayor incumplimiento de normas laborales.
La población trabajadora del hogar remunerada que habite en la casa donde labora, tendrá por derecho:
- Nueve horas de descanso nocturno continuo.
- Descanso diario de tres horas entre el horario matutino y el vespertino.
- Un descanso semanal de día y medio.
- Contar con una habitación cómoda e higiénica.
- Alimentación sana y suficiente.
- Pago anual de 15 días de salario por concepto de aguinaldo o parte proporcional, según sea el caso.
- Trato digno, respetuoso y amable.
- Respeto a su condición física, étnica, religiosa, económica y preferencia sexual.
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