Declaración anual de impuestos 2022: ¿Cuál es la fecha límite para presentarla y quiénes están obligados a hacerla?
Las y los mexicanos debemos informar al SAT el monto de nuestros ingresos y el pago de impuestos que realizamos en el año fiscal 2022; una buena noticia es que al hacer el cálculo puedes tener saldo a favor.
14 enero 12023 | EL FINANCIERO/
¿Los trámites ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) son tu mayor dolor de cabeza? Sentimos informarte que ya huele a la temporada de declaración anual 2022 y con ello debes revisar ciertos aspectos para que no te tome por sorpresa.
La declaración anual tiene el objetivo de que registres los ingresos por tu salario, las deducciones, de que realices el cálculo del impuesto anual y así pagues o solicites tu saldo a favor.
Una buena noticia es que si al momento de calcular tus impuestos, presentas saldo a favor, puedes pedir este al SAT, por lo que deberás compartir los datos bancarios correspondientes para que ahí te sea depositado.
¿Cuándo se presenta la declaración anual 2022?
Según el calendario del SAT, tu declaración de impuestos del ejercicio fiscal 2022 debe entregarse antes de que termine abril de 2023. Esto aplica para personas físicas en cualquier régimen: pequeños empresarios, asalariados, quienes se encuentran trabajando por honorarios, entre otros casos.
Cabe aclarar que aunque tu declaración la presentas durante el 2023, corresponde a tus ingresos de enero a diciembre del 2022.
Para las personas morales, es decir, aquellas que constituyen una organización o empresa a gran escala, la fecha límite para presentar su declaración 2022 es el 31 de marzo del 2023.
¿Quiénes están obligados a presentar su declaración anual 2022?
El SAT detalla que hay grupos de personas en ciertas circunstancias que están obligadas a presentar su declaración anual:
- Cuando las personas tienen ingresos mayores a 400 mil pesos al año.
- Cuando trabajan para dos o más patrones en el mismo año fiscal aunque no se haya rebasado el pago de 400 mil pesos.
- Cuando solicitas a tu patrón que no presente tu declaración anual.
- Si prestas servicios a personas que no tienen retención de impuestos, como embajadas.
- Cuando las personas tienen ingresos acumulables, como honorarios, el arrendamiento y actividades empresariales.
- Si las personas tuvieron ingresos por jubilación, pensión o liquidación.
ABC para que las personas físicas y morales puedan actualizar su domicilio fiscal
Actualizar tu domicilio fiscal evitará posibles sanciones, ya que existen multas de hasta 11 mil pesos en caso de que tu información personal no esté actualizada ante las autoridades fiscales.
El domicilio fiscal es la dirección en la que tú como persona física o moral, registras al emitir tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Por ello, cuando realices un cambio de residencia debes avisar al SAT.
¿Cómo hacer el cambio de domicilio ante el SAT en línea?
- Lo primero que debes hacer es ingresar al sitio web del SAT.
- Después debes seleccionar la opción de inscripción y actualización en el menú.
- Te aparecerá la opción ‘Realiza tu cambio de domicilio en el RFC’, donde deberás ingresar tu número de RFC y e.firma para continuar.
- Captura en el formulario que se despliega y la información del domicilio que se va a actualizar.
- Confirma los datos capturados para que se genere el “aviso de actualización o modificación de situación fiscal” y selecciona el botón “confirmar”.
- Concluye el aviso registrando nuevamente los datos de tu e.firma y envíalo al SAT.
- Imprime el acuse de actualización de situación fiscal.
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Realiza así el cambio de domicilio de manera presencial en el SAT
- Para realizarlo por esta vía, debes acudir a la oficina de tu preferencia del SAT.
- Deberás entregar la documentación requerida como comprobante (original) del nuevo domicilio o identificación oficial.
- Además de entregar la documentación del nuevo domicilio, debes proporcionar la información que te solicite el asesor fiscal.
- Recibe tu aviso y acuse de movimientos de actualización de situación fiscal con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio del aviso, o en su caso el acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC.