CONGRESO DE BAJA CALIFORNIA CONVOCA PARA CONSEJEROS CIUDANOS PARA TRANSPARENCIA
CONGRESO CONVOCA A CONSEJEROS CIUDADANOS PARA LA TRANSPARENCIA Y PROTECCCION DE DATOS PERSONALES
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, 10 de julio 2022.-La Honorable XXIV Legislatura del Poder Legislativo del Estado de Baja California, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, 42 y 43 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California.
CONVOCATORIA
A Las ciudadanas y Ciudadanos, a los aspirantes e Integrantes de Organizaciones de la Sociedad Civil, Integrantes del Instituciones Académicas, del estado de Baja California, interesadas e interesados en participar como aspirantes a integrar el: CONSE JO CONSULTIVO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESDEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CONFORME A LAS SIGUIENTES:
BASES
REGLAS GENERALES
- A) Congreso elegirá tres mujeres y tres hombres,que integrarán el Consejo Consultivo del Instituto deTransparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
b).En su integración, se deberá garantizar la inclusión de personas con experiencia en las materiasdeTransparencia y acceso a la Información y en derechos humanos.
c.) Las y los aspirantes a Consejeras o Consejeros,deberán provenir de organizaciones de la sociedad civil y de la academia.
d).Las y los aspirantes a Consejeras o Consejeros, durarán tres años en el encargo con posibilidad ser ratificados por un periodo igual.
II.-DE LOS REQUISITOS:
Para ser nombrado Consejera o Consejero del Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado, se requiere:
1.SerciudadanaMexicanaociudadanooMexicanopornacimiento,enplenoejerciciodesusderechospolíticosyciviles;locual,seacreditaráconcopiacertificadadelactadenacimiento.
2.Tenermáximosesentaycincoañosaldíadesunombramiento;locualseacreditaráconcopia
certificadadelactadenacimiento.
3.Poseereldíadesunombramiento,conantigüedadmínimadetresaños,títuloprofesionalexpedidoporautoridadoinstituciónlegalmentefacultadparaello;locualseacreditaráconoriginalo
copiacertificadadeltítuloprofesional,obien,concédulaprofesional.
4.Haberrealizadoporlomenosdurantetresañosanterioresasunombramiento,unaactividad
profesionalrelacionadaconlaaplicación,interpretación,elaboraciónoinvestigaciónrelacionadas
conlatransparenciayaccesoalainformaciónpública,asícomoenlaproteccióndedatospersonales;locualseacreditaráconconstancias,certificadosodocumentalespúblicosoficiales,que
acreditencomisión,cargo,empleooparticipaciónenlasactividadesprofesionalesdeestepunto
3.
5.Nohabersidocondenadopordelitoqueameritepenademásdeunañodeprisión;perosise
tratarederobo,fraude,falsificación,abusodeconfianzauotroquelastimeseriamentelabuena
famaenelconceptopúblico,inhabilitaráparaelcargo,cualquieraquehayasidolapena;locualse
acreditaráconconstanciaoficialdenoantecedentespenales.
6.Gozardebuenareputaciónybuenafamaenelconceptopúblico;locualseacreditarácondos
cartasexpedidaspororganizacionesdelasociedadcivily/oinstitucionesacadémicasenel
Estado.
7.Nohaberocupadocargodeelecciónpopular,nihaberocupadocargodedirigenciadealgún
partidopolítico,ohabersidotitulardeunadependenciaoentidaddelaadministraciónpública
federal,estatalomunicipal,oConsejerodelaJudicatura,duranteelañoprevioalafechaenque
debasernombrado;locualseacreditaráconescritodeprotestabajodecirverdad,enelquese
declarenoencontrarseenelsupuestoprevistoenelpresentenumeral.
III.-DELPROCEDIMIENTO:
1.-A partir del día 08 al 12 de agosto de 2022, las y los interesados que cumplan con los requisitos
Para ocupar el cargo de Consejeras o Consejeros del Consejo consultivo del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado, deberán
Presentar endía hábil y dentro del horario comprendido de las 08:00 a las15:00horas en Oficialía
De Partes del Congreso del Estado, situada en el sótano del edificio del Poder Legislativo del
Estado de BajaCalifornia, ubicado en Avenida Pioneros y Avenida de los HéroesNo.995,en el
Centro Cívico y Comercial de la ciudad de Mexicali, Baja California; escrito en el que señale:
a).-Nombre completo;
b).-Domicilio en la Ciudad de Mexicali, Baja California, y una cuenta de correo electrónico, para oír
y recibir notificaciones;
c).-Número telefónico y demás datos personales que hagan posible su fácil localización;
d).-Curriculum Vitae firmado debidamente bajo protesta de decir verdad;
e).-La exposición de los motivos de su interés para ocupar el cargo; y A la solicitud deberán anexarse las documentales públicas y privadas originales o copias certificadas con las que acrediten los requisitos para ocupar el cargo.
2.-La Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional de esta H.XXIV Legislatura, revisará que
Quienes se hayan inscrito para ocupar el cargo de Consejera Honorífica y Consejero Honorífico del
Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección
De Datos Personales, cumplan con los requisitos que se señalan en esta Convocatoria y ordenará
Publicar la lista oficial de aspirantes al cargo a más tardar el día 22 de Agosto de 2022, lista que se
Fijará en la puerta principal de acceso al edificio sede de esta Legislatura, misma que se habilita
Como estrados para los efectos de esta convocatoria, y a su vez, deberá ser publicada en el Portal
De Internet del Congreso del Estado. Además esta lista deberá ser enviada a los correos electrónicos proporcionados por los aspirantes, en el cual se les comunicará el día, hora, y lugar en que deberán comparecerá exponer en los términos previstos en esta convocatoria.
La publicación de la lista de aspirantes a que se refiere el presente punto, tendrá efectos de publicidad para la sociedad en general, a fin de que en vía de consulta puedan presentar opinión, comentario o sugerencia respecto a las personas que aspiran a ocupar el cargo de Consejera Honorífica y Consejero Honorífico en el Consejo Consultivo, a fin de ser tomados en cuenta en la elaboración del Dictamen correspondiente. La opinión deberá ser presentada por escrito dirigido a la
Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional, desde su publicación en los términos indicados
Hasta el día 29 de agosto del 2022.
3.-A más tardar el día 05 de septiembre de 2022 los integrantes de la Comisión de Reforma del
Estado y Jurisdiccional procederán en Audiencia Pública a celebrarse en el recinto oficial del
Poder Legislativo, a desarrollar el procedimiento de comparecencia de los candidatos al cargo, el
Cual deberá transmitirse Enel Portal de Internet del Congreso del Estado.
4.-Desahogadoelpuntoanterior,amástardareldía12deseptiembrede2022,laComisiónde
ReformadeEstadoyJurisdiccional,emitiráunDictamendebidamentefundadoymotivado,el
cualremitiráalaJuntadeCoordinaciónPolítica“JUCOPO”,enelcualinformarádelasylosaspirantesquecumplieronlosrequisitosprevistosenlaConvocatoria,asícomodelacelebraciónde
lasAudienciasPúblicas.
5.-RecibidoelDictamendelaComisióndeReformadeEstadoyJurisdiccional,laJuntadeCoordinaciónPolíticaprocederáasupresentaciónanteelPlenodelCongresopreferentementeenla
sesiónordinariadefecha29deseptiembrede2022.LaJuntadeCoordinaciónPolíticamediante
Acuerdodeterminaráelprocedimientoparalaemisióndelvotodeloslegisladores,elcualhabrá
desernominal,debiendocadaDiputadaoDiputadopronunciarse,ensucaso,porelnombrede
algúnaspirante.
6.-ConelvotodelasdosterceraspartesdelosintegrantesdelCongreso,senombraráalasylos
consejerosqueintegraránelConsejoConsultivodelInstitutodeTransparenciayAccesoalaInformaciónyProteccióndeDatosPersonales.
7.-ParaasegurarlarenovaciónescalonadadelasConsejerasylosConsejeros,elCongresodel
EstadoespecificaráencadanombramientoelperíododeejercicioparacadaConsejero,tomando
enconsideraciónyhaciendodesuconocimientoqueporestaúnicaocasiónlosiguiente:
I.-ElnombramientodedosConsejeros,serápor1años;(3)
II.-ElnombramientodedosConsejerosserápor2años,y(4)
III.-ElnombramientodedosConsejerosserápor3años.(5)
8.-UnavezintegradoelConsejoConsultivo,lasConsejerasylosConsejeroselegiránaquiénpresidirádichoConsejopormayoríadevotosdesusintegrantesyduraráensuencargounperiodo
dedosaños,renovableporunaocasión,siemprequesunombramientolepermitaconcluiracabalidadelnuevoperiodo.
Laeleccióndelaconsejerapresidentaoconsejeropresidentesellevaráacaboconformealas
reglasqueparaelefectoexpidaelpropioConsejo.
9.-ElConsejoejercerálasatribucionesqueleasignalaLeydeTransparenciayAccesoalainformaciónPúblicaparaelEstadodeBajaCalifornia.
10.-LosasuntosnoprevistosporlapresenteConvocatoria,seránresueltosporlaComisisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional; y con las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California.
Dip.JuliaAndreaGonzálezQuiroz Dip.ManuelGuerreroLuna
PRESIDENTE SECRETARIO