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¿CÓMO RETIRAR TU AHORRO DE INFONAVIT SI NO LO UTILIZASTE EN CREDITO PARA VIVIENDA?

Para poder solicitar la devolución de tu dinero puedes iniciar el trámite en la página web Mi Cuenta Infonavit.

29 noviembre 2021 | EL FINANCIERO/

Si durante años trabajaste en una empresa y no utilizaste tu ahorro de vivienda, ese dinero no está perdido. Nosotros te decimos cómo disponer de él.

Para poder solicitar la devolución de tu ahorro, puedes hacer el trámite a partir de la página web Mi Cuenta Infonavit.

Hay tres tipos de régimen en los que pudiste estar inscrito, bajo la subcuenta 1992, la subcuenta 1997 y el fondo de ahorro 1972-1992. Dependiendo de cuál sea en el que estés registrado cambian los requisitos que debes tener para disponer de tu dinero.

La subcuenta 1992

Todas las aportaciones patronales de 1992 a junio de 1997 fueron destinadas a este fondo, y este ahorro es entregado a los beneficiarios correspondientes con los rendimientos que hayan generado hasta el momento de su retiro.

Algunos de los requisitos que se necesitan para obtener el dinero son: tener 65 años o más y estar registrado en alguna Afore. Para empezar el trámite es necesario sacar una cita en la página web.

La subcuenta 1997

La subcuenta de vivienda 1997 se formó con las aportaciones realizadas por los patrones a partir del 1 de junio de ese año, y se entregarán los ahorros a los beneficiarios inscritos en dicha subcuenta con los rendimientos que hayan hecho hasta el momento de su retiro.

Los requisitos que deberán cumplir, son: un dictamen de pensión expedido por el IMSS, si llegaran a estar en un proceso de homonimia, concluirlo antes de iniciar el trámite, y no deberán contar con un crédito Infonavit vigente.

Fondo de ahorro 1972-1992

El Fondo de ahorro 1972-1992 consiste en las aportaciones realizadas por el patrón de 1972 a 1992, éste se te entregará con los rendimientos acumulados hasta el momento del retiro a las personas inscritas en esta subcuenta.

Para realizar el trámite online es necesario tener más de 50 años de edad, un año sin trabajar, contar con una resolución de pensión otorgada por el IMSS y ser jubilado por un plan privado.

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