La polémica sobre los jueces sin rostro en México
27 agosto 2024 | EL FINANCIERO/
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la reforma al Poder Judicial, con lo que esta podrá ser discutida la propuesta de los jueces sin rostro, a partir de septiembre en el Pleno de San Lázaro.
Esta reforma fue propuesta por el presidente saliente Andrés Manuel López Obrador, del partido Morena. En ella, se propone que los jueces, ministros y magistrados sean electos por voto popular.
Quizá la parte que ha llamado más la atención en la reforma judicial ha es la propuesta de crear la figura de jueces sin rostro o jueces anónimos.
En el dictamen aprobado por diputados el lunes 26 de agosto, se añadió un párrafo que indica lo siguiente: “Tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley (…)”.
Con ello, se buscaría proteger la identidad de personas juzgadoras en casos que estén relacionados con crimen organizado.
Al ser designado un juez anónimo, con identidad reservada, la persona juzgada no sabrá quién está juzgándola.
Esta medida fue añadida por legisladores de Morena como parte de las reservas particulares a la reforma al Poder Judicial, y aprobada por los diputados. No obstante, no es la primera vez que se propone: la figura de jueces anónimos ya había sido plantada por el entonces presidente Felipe Calderón, en 2010, y causó revuelo por los mismos motivos.
En 2007, Felipe Calderón presentó una iniciativa de reforma penal ante el Senado, relacionada con la reforma al sistema penal acusatorio y de oralidad. Así, legisladores de las Cámaras propusieron más adiciones e iniciativas al proceso penal. El proyecto fue aprobado en febrero de 2008 y fue oficializada en el DOF en junio del mismo año. A partir de 2010 hubo una serie de diálogos en los que participó el presidente panista y figuras de la Suprema Corte, así como otros actores del Poder Judicial.
¿Por qué puede causar un riesgo la figura de los ‘jueces sin rostro’?
“La figura de jueces “sin rostro” impide conocer la identidad de la persona que juzga, así como valorar su idoneidad y competencia. Hay que proteger a las personas juzgadoras, sin vulnerar el derecho a un juicio justo, ante un tribunal independiente e imparcial”, apuntó la ONU en una declaración corta en redes sociales.
el Relator Especial de la ONU destacó que el uso de tribunales sin rostro en dicho país se justificó bajo el argumento de la protección a los juzgadores por la posibilidad de la amenaza terrorista. No obstante, los jueces y fiscales anónimos no se sentían seguros ni siquiera bajo esa medida de protección de identidad porque, en las ciudades pequeñas, es fácil saber quiénes son los juzgadores del lugar. Ello los pone de todas maneras en riesgo. En consecuencia, el uso de tribunales sin rostro no respondió al principio de la necesidad de protección de los juzgadores y, además, se menoscabó el derecho de las personas acusadas al debido proceso.
¿Qué dice la reforma al Poder Judicial que fue aprobada en Comisiones de Diputados?
El dictamen que fue aprobado el lunes incluye 100 modificaciones propuestas por Morena. Se plantean dos elecciones para renovar los cargos del Poder Judicial: la primera sería una elección extraordinaria en junio de 2025, durante el primer año de gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum.
Además, con la reforma al Poder Judicial se busca reducir de 11 a 9 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y que su cargo pase de durar 12 años, de los 15 años que son efectivos actualmente.
Esta también contempla la eliminación de la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros de la Suprema Corte, así como un reajuste al tope máximo de sus remuneraciones.
Además de sustituir el Consejo de la Judicatura Federal por dos instituciones, incluyendo un Tribunal de Disciplina Judicial, y la eliminación de las dos salas con las que cuenta actualmente la Suprema Corte.
Con información de EFE, Uady, revista Jurídica de la UNAM y CIDH.