Política

Aprueba Congreso de Baja California reforma para cambio de identidad de género

Antonio Heras y Jorge Heras/28 enero 2022/LINDERO NORTE/

Pese a que en Baja California desde el 2020 se emiten actas de nacimiento con modificaciones por el género de la o el solicitante, no se había legislado el Código Civil hasta este jueves, cuando el Congreso local, por mayoría reconoció la identidad de género a partir de la creación de nuevas actas de nacimiento.

Con el voto en contra de los grupos parlamentarios del PAN y PES, la iniciativa fue aprobada con 19 votos de legisladores de Morena, PRI, PT y MC, con lo que se avanza en el derecho a la igualdad y la no discriminación, así como el derecho a una vida libre de violencia.

La presidenta de la comisión parlamentaria Michel Sánchez Allende sostuvo que el sentido de la votación fue para saldar una deuda histórica y se pronunció porque el Estado y la sociedad dejen de deshumanizar y violentar a las personas de manera sistemática, ya que «es sexista reducir a las personas por sus partes del cuerpo u obligar a vivir de acuerdo a ciertos ideales sociales».

A pesar de que la sesión fue via remota, el Salón de Sesiones Benito Juárez se llenó de mujeres y hombres trans de Tijuana, Ensenada y Mexicali que calificaron las modificaciones legislativas como un hecho histórico que es el inicio del camino que debe trazar la sociedad de respeto, no discriminación y reconocimiento de todos los derechos para todos, todas y todes.

A partir este sábado con la publicación en el Periódico Oficial, los bajacalifornianos mayores de 18 años de edad podrán realizar el cambio de identidad en su acta de nacimiento a través de una solicitud en las Oficinas del Registro Civil con los siguientes requisitos:

I. Solicitud debidamente requisitada.
II. Copia certificada del acta de nacimiento primigenia para efecto de que se haga la reserva correspondiente.
III. Original y copia fotostática de su identificación oficial.
IV. Comprobante de domicilio.

Ademas debe manifestar el nombre solicitado sin apellidos y, en su caso, el género solicitado.

Con este modificación al Código Civil y a la Ley Orgánica del Registro Civil del Estado, Baja California se convierte en la entidad número 18 en legislar sobre la identidad de género.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de la Tesis aislada reconoce que la identidad de género es un proceso de auto percepción que cada individuo tiene derecho a realizar de manera autónoma, y en el cual, el papel del estado y de la sociedad debe consistir en reconocer y respetar dicha autoadscripción, sin que la intervención de las autoridades estatales tenga carácter constitutivo.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, en el Glosario de la diversidad sexual, de género y características sexuales, el género es derecho a la identidad de aquel que deriva del reconocimiento al libre desarrollo de la personalidad. Considera la manera en que cada persona se asume a sí misma, de acuerdo con su vivencia personal del cuerpo, sus caracteres físicos, sus emociones y sentimientos, sus acciones, y conforme a la cual se expresa de ese modo hacia el resto de las personas.

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