«AGUAS» CON LAS MULTAS FISCALES QUE VIENEN. Lista de infracciones de Reforma Fiscal 2022
Te damos una lista de las infracciones que entraron en vigor a partir de la Reforma Fiscal de este año.
07 junio 2022 | EL FINANCIERO/
A principios de año se le realizaron un conjunto de reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), entre esta se establecieron una serie de infracciones.
Los cambios adoptados respecto a las infracciones son, en general, una actualización en razón al ejercicio de las facultades de la autoridad. No te preocupes, para que no te pierdas te vamos a dar una lista de algunas de las infracciones que entraron en vigor este 2022.
Infracciones que entraron en vigor en México este 2022
- Infracciones para funcionarios públicos: durante la reforma se añadió la fracción VI al artículo 87 al CFF, la cual establece que habrá una infracción al funcionario que no emita la resolución a que se refiere el artículo 69-B del código dentro del plazo previsto.
- La multa que podrían obtener los funcionarios públicos de acuerdo a la Reforma Fiscal 2022 ser de 147 mil 950 pesos a 197 mil 270 pesos.
- Infracción por expedir CFDI que no sean materiales: esta infracción se otorga cuando algún contribuyente utilice para efectos fiscales algún comprobante expedido por un tercero y las autoridades del SAT determinen que dichos recibos amparan operaciones inexistentes.
- La multa a la que se puede hacer acreedor el contribuyente puede ser desde un 55 por ciento a un 75 por ciento del importe de cada comprobante fiscal.
- Infracción relacionada con la situación fiscal: el contribuyente será acreedor de esta cuando presente con errores su situación fiscal referida en el artículo 32-H.
- La multa por esto podrá ir desde 13 mil 490 pesos a 134 mil 840 pesos.
- Infracción relacionada con el dictamen de estados financieros: cuando el dictaminador omita denunciar que el contribuyente ha incumplido con disposiciones fiscales y aduaneras será acreedor de esta represalia.
- La multa por es la suspensión del registro al dictaminador por un periodo de tres años.
- Grupo de sociedades que declaren pérdidas mayores a las realmente sufridas: se establecerá una multa a las sociedades integradoras, que declaren pérdidas fiscales mayores a las realmente sufridas.
- La multa por realizar esta acción será del 60 al 80 por ciento de la diferencia que resulte entre la pérdida declarada y la que realmente corresponda.
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