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REFORMA LABORAL EVITARÁ ACUERDOS «EN LO OSCURITO»,ENTRE PATRONES- SINDICATOS Y AUTORIDAD

EL ECONOMISTA/CIUDAD DE MÉXICO/ Abril 2019/

Escrito por: Felipe Morales y Gerardo Hernández 

La reforma laboral le cerrará la puerta a los acuerdos entre empleadores y sindicatos en lo oscurito.

De acuerdo con el proyecto de dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que se pondrá a discusión entre los diputados en los próximos días, los actos de extorsión o entrega de dádivas entre líderes sindicales y patrones serán un causal para la pérdida del registro de la organización obrera.Resultado de imagen para negociaciones bajo la mesa

Los legisladores agregaron esta disposición dentro de la propuesta original de reforma que presentó la bancada de Morena en la Cámara de Diputados a nombre del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, como una medida para evitar la corrupción en las negociaciones contractuales.

“Se considerará que un sindicato incumple con su objeto o finalidad cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales incurran en actos de extorsión en contra de los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o en especie para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo.

“En consecuencia, esta conducta comprobada podrá servir de base para que se demande por la vía jurisdiccional la cancelación del registro sindical, independientemente de las responsabilidades que puedan derivarse por la es que puedan derivarse por la comisión de dichas conductas delictivas”, se expresa en la adición que se hizo al artículo 360 de la LFT.

Sindicatos fantasma y contratos de protección

Estos ajustes van de la mano con otras medidas que fueron incluidas en el proyecto para combatir la figura de los sindicatos “fantasma” y el uso de los contratos de protección.

Tras la reforma, ninguna organización sindical podrá demandar la titularidad de un contrato colectivo de trabajo si no cuenta entre sus afiliados con trabajadores de la empresa en cuestión. Esta disposición fue incluida dentro del catálogo de “actuaciones improcedentes” y que podrán ser denunciadas ante el Poder Judicial.Imagen relacionada

En el proyecto de dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en San Lázaro los diputados advierten que se ha abusado de la figura de los sindicatos fantasma en México, lo que ha corrompido las negociaciones de los contratos colectivos de trabajo.

“Un producto de las huelgas por extorsión han sido los miles de contratos de protección que han sido firmados a espaldas de los trabajadores y al amparo de una legislación que no requiere la representatividad de los ‘líderes’ sindicales que ejercen este derecho, muchas veces sin tener siquiera trabajadores o un centro de trabajo en operaciones”, se puntualiza en el documento.

Adiós al tripartismo en órgano de conciliación

Con la reforma laboral desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje, las cuales serán sustituidas por un órgano independiente, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, tal como se propuso en la iniciativa de Morena, el cual se encargará de la resolución de conflictos previo a la fase judicial y del registro de los sindicatos.

En las audiencias públicas que llevó a cabo la Comisión de Trabajo, diversos líderes sindicales y representantes de la Iniciativa Privada pidieron que se mantuviera la estructura tripartita en el nuevo organismo, tal como operan actualmente las Juntas de Conciliación.

Sin embargo, los legisladores decidieron mantener la naturaleza independiente del Centro de Conciliación y no incluir la participación de la representación patronal y la obrera en su funcionamiento. Lo anterior, se expresa en el dictamen, porque “el tripartismo genera una especie de simulación en la solución de los conflictos”.

De esta manera, el director general será designado por el Senado de entre una terna propuesta por el Presidente de la República. Su Junta de Gobierno será integrada solamente por los secretarios del Trabajo y de Hacienda, y los titulares de los institutos nacionales de Estadística y Geografía (Inegi), de Acceso a la Información (INAI) y Electoral (INE).

El tripartismo, se afirma en el documento, no debe “criminalizarse”, ya que así operan actualmente organismos como el IMSS, el Infonavit y el ISSSTE. Sin embargo, en la resolución de conflictos laborales es necesaria la independencia del organismo mediador.

“Con la introducción del nuevo procedimiento ordinario laboral se abandona el paradigma del tripartismo como forma de integración y funcionamiento de las Juntas de Conciliación y Arbitraje con el fin de mantener los propósitos de celeridad que exige un procedimiento de naturaleza preponderantemente oral”.

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