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REPARTO DE UTILIDADES OBLIGA A SUBCONTRATACIÓN DE EMPLEADOS A TRAVÉS DE OUTSOURCING

CIUDAD DE MÉXICO,26 noviembre 2020/ EL FINANCIERO/

Los altos costos de las prestaciones laborales, como el reparto de utilidades, alimentan la práctica de la subcontratación y ese debería ser el análisis en las mesas de diálogo entre el sector privado y el Gobierno federal en la definición de la iniciativa de Reforma a la Ley de Subcontratación, señaló Jorge Sales Boyoli, presidente del Comité de Derecho Laboral de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa.

Agregó que se debe tocar el tema de la Participación del Trabajador en las Utilidades de la empresa (PTU), para renovar la fórmula de cálculo considerada obsoleta en nuestros días.

“Un verdadero desincentivo del outsourcing sería la forma en la que se paga la PTU y es el gran ausente de esta reforma y hay que subir a la discusión el tema de la PTU”, dijo.

El reparto de utilidades es el tema que está detrás de la subcontratación de empleados, pues este representa un alto costo para los patrones que hace que busquen aminorar la carga con este modelo.

En la Ley y en la Constitución, se determina como porcentaje del pago del Reparto de utilidades (PTU), un 10 por ciento tomando como criterios sólo el salario y los días trabajados, sin que figure la productividad detalló el especialista durante su participación en el EF MEET POINT. Iniciativa outsourcing: ¿amenaza al empleo?

Esta prestación está vigente en México desde hace más de 60 años, pero en 1985 fue cuando se determinó el 10 por ciento como porcentaje en función del salario y del número de días que se estuvo en el empleo, lo que la hace hoy obsoleta.

El reparto de utilidades se hace en función de una utilidad fiscal determinada no conforme a un flujo, sino por ventas incluso a crédito y hay ingresos en los que no debería participar el trabajador porque no forma parte de su trabajo y se toman en cuenta, expuso Pablo Mendoza, presidente de la Comisión Fiscal del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), además de que no se diferencia si un trabajador fue más productivo que otro, ambos reciben lo mismo.

“El tema del PTU que es un tema de competitividad y esta es una gran oportunidad para analizarlo”, al señalar que se trata de uno de los factores de competitividad, el costo de hacer negocios en el país “y el tema del reparto de utilidades es un costo muy importante en esta reforma”, apuntó el representante del CCE.

A mayor regulación, mayores costos y la ley vigente no es mala, consideró Mónica Flores, presidenta de Manpower Group, al destacar que lo importante es hacer valer la ley.

“La ley vigente no es mala, sirve si se vigila que se cumpla. De nada va a servir una ley restrictiva si no se hace cumplir”, comentó.

El otorgamiento de incentivos aunque sean de manera temporal son necesarios para que el sector privado pueda aminorar el impacto del golpe de la crisis por la pandemia y de aprobarse esta iniciativa de reforma, esperarían que las autoridades federales los consideren dijo Mónica Flores, presidenta de Manpower Group.

“Hoy todas las organizaciones estamos pasándola mal, es el momento de dar incentivos para la productividad e inversión, no espantarla con sobrerregulación”, dijo.

Actualmente las prestaciones son parcialmente deducibles en un 47 al 53 por ciento y “esto es lamentable porque hay prestaciones como el aguinaldo que deberían ser deducibles al 100 por ciento y no lo son y serían de un gran aliento tener un estímulo”, apuntó Pablo Mendoza, presidente de la Comisión Fiscal del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).

“No hay incentivos aunque sean temporales para poder enfrentar la crisis y eso trae como consecuencia una contracción en los flujos, mayores riesgos de no cumplimiento y todo esto conlleva a que de estas reflexiones haya necesidad de cumplir con una novedosa disposición”, señaló.

Con información de Leticia Hernández.

CIUDAD DE MÉXICO,24 noviembre 2020/EL FINANCIERO/

La Iniciativa Privada (IP) y la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH) propondrán al Gobierno crear la figura de Servicio Temporal de Personal como excepción a la prohibición de subcontratación y que dicha contratación temporal proceda en actividades preponderantes de las empresas y aun cuando no sea para servicios especializados.La iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo establece la prohibición de la subcontratación de personal.

Integrantes del sector empresarial señalaron que luego de la reunión entre el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y el presidente Andrés Manuel López Obrador, este martes iniciaron los trabajos para dar seguimiento a la reunión en Palacio Nacional, por lo que están a revisión las propuestas de los empresarios.

El sector privado presentó durante el lunes y martes sus propuestas en el Parlamento Abierto organizado por la Cámara de Diputados, pero tras la reunión con el presidente López Obrador se formaron mesas de trabajo con el IMSS, SAT, Infonavit y Hacienda que coordina la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde.

Este martes se realizó una reunión entre Alcalde y el CCE, quien estuvo representado por Pablo Mendoza, presidente de la Comisión Fiscal, asimismo, participaron representantes laborales de Concanaco-Servytur y Coparmex.

Los temas que la IP busca adecuar son, principalmente, permitir la subcontratación temporal en actividades preponderantes, establecer un registro de empresas de subcontratación de personal, dejar “a salvo” la deducción del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y que la reforma entre en vigor en enero de 2022.

Pablo Mendoza, presidente de la Comisión Fiscal del CCE, dijo durante su participación en el Parlamento que “lamentamos la afectación de la iniciativa a aquellos que sí cumplen con todos los elementos sustantivos, nos preocupa mucho la vigencia, no puede ser que entre el primero de enero, hay una inseguridad jurídica”.

La iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la prohibición de la subcontratación de personal y permite la prestación de servicios especializados que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.

La propuesta de la AMECH, que agrupa a ManpowerGroup, Adecco, Randstad, PAE, Rolling Personnel, entre otras, plantea adicionar la nueva figura de “Servicio Temporal de Personal” y la posibilidad de ejecutar servicios u obras especializadas, aunque “no formen parte” del objeto social de la empresa beneficiaria de la contratación temporal.

Héctor Márquez, director de relaciones institucionales de ManpowerGroup, señaló que “proponemos la contratación temporal y que sea o no especializada porque ¿cómo le vamos a prohibir a una empresa contratar gente en su call center cuando es lo que necesita en la temporada?”.

Andrés Sánchez, director general de Randstad México, indicó que “creemos que el principal cambio en la iniciativa debería estar en el Artículo 14 de la LFT, en donde se permita el Servicio Temporal de Personal y la ejecución de servicios y obras especializadas que formen o no parte del objeto social de la beneficiaria”.

Francisco Martínez, director general de Adecco, apuntó que “la regulación debe considerar la inclusión del concepto de Servicio Temporal de Personal como excepción a la prohibición de subcontratación, además, debe dar la posibilidad de prestar servicios temporales a las actividades preponderantes de las empresas y a las referidas en su objeto social”.

Juvenal Lobato, presidente de la Comisión Fiscal Nacional de Coparmex, se pronunció porque en la Ley quede una definición de servicios especializados que haga excepciones para trabajo temporal o parcial dentro del propio objeto social de las empresas.

“Por ejemplo, una empresa de paquetería cuando tiene una mayor demanda de sus servicios tiene una mayor carga de trabajo y hay ocasiones en que en algunas partes del país tiene que contratar personas en esas regiones para poder cumplir con el objeto social de la empresa que es la entrega de paquetes”, expuso.

El titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), Carlos Romero Aranda, aseguró que, si bien el outsourcing ilegal se encuentra tipificado en la reforma fiscal-penal, en la iniciativa presidencial que prohíbe la subcontratación se calificó el esquema como delito de defraudación fiscal y prisión preventiva para conseguir un efecto inhibidor de ese esquema de contratación.

Al participar en el Parlamento Abierto en materia de subcontratación, organizado por la Cámara de Diputados, señaló que cuando se crean una serie de empresas para aparentar en “mero papel” una relación de terciarización con el personal que labora directamente para el contribuyente, lo que se encuentra ahí es una actividad delictiva.

Dijo que la subcontratación ilegal ya se encuentra tipificada de forma genérica como delito calificado, no obstante, “la iniciativa tiene por objeto esclarecer una calificativa específica para este objeto (outsourcing) mandando el mensaje claro a la población con el efecto de inhibir estas prácticas dañinas”.

Con información de Leticia Hernández 

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