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CHOFERES DE TRANSPORTE A EE.UU.TIENEN AL 30 DE NOVIEMBRE 2021,PARA RENOVAR LICENCIA

Tijuana, Baja California, 24  septiembre 2021.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que la renovación de la Licencia Internacional de Conductor se deberá realizar a más tardar el 30 de noviembre del presente año, a efecto de poder continuar con la prestación de sus servicios en los Estados Unidos o Canadá.

En ese sentido, la SCT dio a conocer que en materia de aviación civil, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la expedición de permisos, licencias y certificados de capacidad del personal técnico aeronáutico (pilotos, sobrecargos y controladores aéreos, así como los otorgados a meteorólogos, técnicos en mantenimiento, oficiales de operaciones y operadores de RPAS).

La determinación, firmada por el titular de la SCT, Civil Jorge Arganis Díaz-Leal, se estableció mediante reforma al «Acuerdo por el que hace del conocimiento público los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la SCT con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19)».

“Dicha modificación puntualiza que los operadores con Licencia Internacional de Conductor que tengan como objetivo circular dentro de los Estados Unidos de América o Canadá, deberán realizar la renovación de la mencionada Licencia a más tardar el 30 de noviembre de 2021”, dice el organismo.

En materia de aviación civil, “se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia y efectos jurídicos que otorgan los permisos, licencias y certificados de capacidad vigentes de pilotos, sobrecargos y controladores aéreos, así como los otorgados a meteorólogos, técnicos en mantenimiento, oficiales de operaciones y operadores de RPAS a que refieren los artículos 46 y 82 del Reglamento para la expedición de Permisos, Licencias y Certificados de Capacidad del Personal Técnico Aeronáutico”.

Cabe señalar que la reforma fue publicada este día en el Diario Oficial de la Federación, al notificar en su Artículo Quinto, fracción II y Sexto del Acuerdo citado, que se publicara el 20 de marzo de 2020, y sus reformas difundidas el 17 y 30 de abril, el 14 y 29 de mayo, el 15 y 30 de junio, el 15 y 31 de julio de 2020 y 17 de diciembre de 2020, así como el 28 de junio de 2021. “El Acuerdo entrará en vigor a partir del 25 de septiembre 2021”, finalizó la SCT.

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