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CÁRCEL AL ABUSO FÍSICO Y PSICOLÓGICO A MENORES DE EDAD EN BAJA CALIFORNIA

Jorge Heras / Lindero Norte

Mexicali,BAJA CALIFORNIA,09 septiembre 2020/.- En Baja California, todo tipo de violencia de un adulto a un menor, incluido cualquier castigo o correctivo disciplinario de padres o tutores e incluso de maestros, sacerdotes, entrenadores deportivos y personal de cuidados serán sancionados con multas económicas, tratamiento reeducacional y hasta con cárcel.

Por unanimidad, todas las fuerzas políticas que integran el Congreso local votaron a favor de la iniciativa presentada por la diputada Trinidad Vaca Chacón para modificar el Código Penal y a la Ley de Protección en Defensa de los Niños, Niñas y Adolescentes, con el objetivo de tipificar el maltrato infantil en el Estado.Denuncia ciudadanía maltrato infantil a través de app Habla por ellos - El  Sol de Tijuana

De esta forma, Baja California es la novena entidad en el país en que se legisla el abuso físico y psicológico a menores de edad como un delito.

Primero la reforma aprobada adiciona un párrafo al artículo 44 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes para quedar como sigue: «Se prohíbe aplicar, en todo ámbito o circunstancia, cualquier tipo de castigo, sanción o correctivo disciplinario que implique el uso de violencia física o cualquier otro acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia, humillación, temor o afectación a la integridad física, psíquica, emocional, moral o a la dignidad humana de niñas, niños y adolescentes».

Las sanciones quedaron establecidas en el artículo 242 del Código Penal, en donde se establece que el delito de maltrato infantil lo comete quienes teniendo la patria potestad, tutela, custodia, cuidado, resguardo o vigilancia, infrigen en cualquier ámbito o circunstancia, de forma voluntaria y deliberada, con cualquier medio, algún tipo de castigo, sanción o correctivo disciplinario o cualquier trato cruel, inhumano o degradante que implique el uso de violencia física, daños a la  salud, o a su integridad física o psicológica a menores.

De igual manera, a quienes violenten a niños, niñas y adolescentes en centros educativos, de asistencia social, de cuidado infantil, hospitales, centros deportivos o dentro de las instalaciones de alguna asociación religiosa u organismo de la sociedad civil.

La sanción primaria es una multa de 2 mil pesos a 26 mil pesos y se sujetarán al tratamiento integral de reeducación parental bajo métodos no violentos, terapia psicológica o psiquiátrica especializada dirigido a su rehabilitación.

También deberá de pagar este tipo de tratamientos hasta la recuperación total de la víctima.

En caso de que el Maltrato Infantil sea reiterado hasta en tres ocasiones, debidamente acreditado por un Juez, se podran aplicar penas de seis meses hasta cuatro años de prisión.

La legisladora inicialista manifestó que la  proliferación del maltrato infantil ha sido una constante a desde generaciones anteriores, «siempre tratando de justificarlo como un método disciplinario  o de respeto hacia los padres o personas mayores. Ha sido común entre gente  adulta que incluso se haga una apología  de los castigos corporales que se les  impuso durante su infancia, argumentando que eso contribuyó a su formación como una persona de bien».

Vaca Chacón puntualizó en su iniciativa que no se puede seguir tolerando «esta  visión retrograda en detrimento de los  derechos de la infancia».

Consideró apremiante que se erradique el castigo corporal como medida disciplinaria, así como todas  aquellas acciones que provoquen un  daño  emocional y psicológico en los menores.

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