Política

INVALIDA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ARTÍCULOS DEL SEA DE BAJA CALIFORNIA

Jorge Heras / Lindero Norte

Mexicali,BAJA CALIFORNIA,14 enero 2020/.-Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidaron los artículos 16 y 17 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California que establecen la integración del Comité de Participación Ciudadana de 10 miembros técnicos (con un salario) y 5 técnicos (honoríficos), por considerar que contraviene a lo dispuesto en la Constitución Federal.

De acuerdo a un comunicado, el Pleno del máximo tribunal del país resolvió que en términos del artículo 113 de la Carta Magna, las entidades federativas, al establecer sus respectivos sistemas locales anticorrupción, deben ser equivalentes al Sistema Nacional Anticorrupción.

La Acción de Inconstitucionalidad 119/2017 resuelta este martes fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos hace 2 años, pues se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 7 de agosto de 2017, mediante Decreto 98.

Con 9 votos y 2 en contra, la SCJN falló a favor de que la integración y funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana del SEA no puede considerarse equivalente a los previstos en la Ley General para el Comité Nacional de Participación Ciudadana, pues la ley local divide en dos grupos a los miembros del Comité, exigiendo requisitos diferentes para cada uno.

Además, las disposiciones en el sentido de que los integrantes honoríficos no percibirían un sueldo, además de estar impedidos para ocupar otro empleo, cargo o comisión, son violatorias de los derechos a la igualdad, vida digna y mínimo vital.

Actualmente, de los 10 integrantes técnicos del SEA que perciben mensualmente un salario de 24 mil pesos, únicamente trabajan 6 miembros, ya que los 4 restantes se retiraron.

Hace menos de 1 año, miembros del Comité de Participación Ciudadana pugnaron ante diputados un sueldo de 80 mil pesos mensuales, pero les fue negado.

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