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Ley de Amparo: ¿Por qué Sheinbaum pide corregirla y de qué trata la reforma aprobada por el Senado?

En las modificaciones a la Ley de Amparo, Morena sumó un artículo transitorio que no le pareció a Sheinbaum, ya que según ella viola la Constitución.

02 octubre 2025 |EL FINANCIERO/

Morena logró imponer una vez más mayoría para aprobar la Ley de Amparo en la Cámara de Senadores. La reforma endurece los requisitos para activar el recurso legal que es clave en la protección de los derechos humanos.

La iniciativa fue impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, tras la reforma judicial que se concretó este año con la elección de una nueva judicatura. La reforma ahora pasará a la Cámara de Diputados para la aprobación final.

¿De qué trata la reforma a Ley de Amparo?

La propuesta de reforma tiene el objetivo agilizar los procesos y evitar que los recursos de amparo sean utilizados por “por quienes quieren evitar la justicia”.

“Los deudores fiscales son los que más han abusado del amparo. La justicia nunca ha llegado a los más pobres, a los más necesitados, menos a las mujeres indígenas. ¿Quiénes han abusado? Los que tienen más recursos económicos”, dijo esta semana la mandataria al defender su iniciativa.

La propuesta de Sheinbaum busca reformar la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

El amparo es un recurso legal que puede proteger a las personas frente a omisiones o actos cometidos por cualquier autoridad que resulten en la violación de los derechos humanos que se reconocen en la Constitución, así como en tratados internacionales suscritos por México.

A través del amparo, las personas pueden reclamar ante un tribunal por las omisiones en investigaciones y la negativa de los funcionarios a entregar un expediente o a recibir una denuncia.

El texto aprobado por los senadores contempla que el amparo podrá promoverse por una afectación individual o colectiva, y que el interés legítimo deberá implicar una “lesión real, actual y diferenciada”, con lo que se modificó una de las propuestas del proyecto presentado por Sheinbaum, que planteaba que las acciones solo podían ser promovidas de manera individual.

En la reforma se ampliaron los plazos procesales de 60 a 90 días para que los jueces dicten sentencias de amparos indirectos, y se establecieron límites para las suspensiones de los actos reclamados en los casos de:

  • Lavado de dinero.
  • Financiamiento al terrorismo.
  • Actividades sin concesión.
  • Deuda pública.

También, en la reforma a la Ley de Amparo, se acordó la implementación de un marco legal para realizar los juicios de amparo de manera digital, pero se garantizó que quienes no tengan acceso a medios digitales los ejecuten de forma tradicional.

Morena sumó un artículo transitorio que no le pareció a Sheinbaum

Morena sumó un artículo transitorio para aplicar la reforma en casos vigentes y en trámite, medida que Sheinbaum criticó en su conferencia matutina de este jueves 2 de octubre.

Recordó que la Constitución prohíbe esta aplicación. Comentó que revisarán por qué se incorporó este transitorio en el Senado, pues se debe de garantizar la no retroactividad conforme a la Constitución, esto ya dependerá de la Cámara de Diputados, que en su caso tendrá que argumentar a qué se refiere el agregado.

“Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero hay que respetar la constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes. Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio, que lo que dice es que a partir de que se apruebe la ley lo nuevo ya tienen que ir con ese decreto, desde mi punto de vista no era necesario poner ese transitorio”, comentó la mandataria.

¿Qué preocupa de la nueva Ley de Amparo?

Organizaciones humanitarias locales expresaron el martes preocupación por la limitación de los alcances de la suspensión como medida cautelar, y el aumento del margen para incumplir las sentencias de amparo al diluir las consecuencias derivadas del desacato.

“Una reforma al juicio de amparo debe ser progresiva en donde se busque que sea una herramienta eficaz para garantizar el acceso a la justicia, conforme a la Constitución y los tratados internacionales”, refiere el escrito respaldado por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Fundar Centro de Análisis e Investigación y Artículo 19.

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