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¿ Cuánto te deben pagar de salario si trabajas el 25 de diciembre y 1o.de enero?

23 diciembre 2025 | EL FINANCIERO/

La Navidad suele ser sinónimo de descanso, comida en familia y desveladas que se alargan entre regalos y brindis. Pero no para todos. Mientras muchos disfrutan del 25 de diciembre en casa, otros tienen que ponerse el uniforme, checar entrada y cumplir con su jornada laboral.

Y es justo ahí donde surge la pregunta que cada año genera confusión: si trabajas en Navidad, ¿te deben pagar doble o triple?

Para estos casos, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece reglas claras. Este marco legal no solo define las obligaciones de las personas trabajadoras, sino que también protege sus derechos, especialmente cuando se trata de días de descanso obligatorio.

¿Cómo se paga el 24 y 25 de diciembre?

El artículo 74 de la LFT señala que el único día considerado como descanso obligatorio por Navidad es el 25 de diciembre. Esto quiere decir que el 24 de diciembre no tiene ese carácter legal, por lo que se labora de manera regular, salvo que la empresa otorgue el día a sus empleados.

Ahora bien, cuando una persona trabaja en Navidad, debe revisar con atención el artículo 75 de la LFT. Este establece que el trabajador debe recibir, además de su salario correspondiente al día de descanso, un salario doble adicional por el servicio prestado.

Esto en la práctica, en realidad se traduce en un pago triple. Es decir, el salario diario normal más dos salarios diarios extra. Por eso, aunque legalmente se habla de “pago doble”, el ingreso final de ese día equivale a tres veces el salario diario.

Aquí un ejemplo que ayuda a entenderlo mejor: si una persona percibe 15 mil pesos mensuales, su salario diario ronda los 500 pesos. Al trabajar en Navidad, debe recibir mil pesos adicionales, que sumados a su salario diario dan un total de mil 500 pesos por ese día.

Este pago no se entrega en efectivo inmediato ni en una fecha especial. Debe reflejarse en la siguiente nómina, sin importar si el esquema de pago es semanal, catorcenal, quincenal o mensual.

¿Qué pasa si no me pagan y trabajé en Navidad?

Si al recibir el salario no aparece el monto adicional por haber trabajado el 25 de diciembre, el trabajador tiene derecho a reclamar. La instancia encargada de atender estos casos es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La Profedet ofrece asesoría gratuita y apoyo en procesos de conciliación entre trabajadores y empleadores. No pagar correctamente un día de descanso obligatorio trabajado constituye una violación a los derechos laborales.

Para presentar una queja, se puede llamar a los teléfonos 800 717 2942 o 800 911 7877, así como a la Línea del Gobierno de México marcando 079. En estos canales se brinda orientación paso a paso.

Al momento de la denuncia, se solicitarán datos básicos como nombre del trabajador, información de contacto, datos del empleador, una breve explicación de lo ocurrido, la fecha del incumplimiento y algún documento que compruebe la relación laboral.

Recuerda que por ley, los trabajadores tienen un año para exigir su pago triple tras haber laborado en días de descanso obligatorio

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