¿Estás pensando en renunciar a tu trabajo y tienes un crédito hipotecario con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)? Aquí te contamos qué pasa si lo haces y qué opciones tienes para no desatender esta obligación.
En caso de que ya hayas renunciado, no olvides que debes actuar con rapidez para evitar complicaciones, como el notificar al instituto que ya no cuentas con una relación laboral en activo y así encontrar la alternativa para apoyarte en esa situación sin que peligre tu patrimonio como los esquemas de prórrogas de pago de las mensualidades a Infonavit.
En caso de que te quedes sin trabajo esto es lo que podrás hacer para solicitar la prórroga.Antes de que transcurra un mes desde que renunciaste a tu anterior empleo, preferentemente, debes avisar al Infonavit de tu situación para que no se empiecen a acumular intereses de tu adeudo con las mensualidades que se dejen de pagar.
El instituto cuenta con diversas soluciones para apoyar a los trabajadores acreditados para que no desatiendan su crédito de vivienda, como el Fondo de Protección de Pagos que tiene algunas condiciones para activarse.
Uno de los requisitos es que el préstamo se debió otorgar después del año 2009 y que la relación laboral entonces acreditada para el financiamiento haya tenido una duración de al menos un semestre.
También debe haber pasado al menos un mes desde que se perdió el trabajo sin considerar los casos en que se deba de trabajar al jubilarse o pedir Pensión IMSS, incapacidad o invalidez; ni cuándo se ha solicitado esta ayuda en los cinco años pasados para que te otorguen el beneficio en las oficinas del Infonavit, donde debes acudir para notificarle la situación y buscar la solución para que no descuides tu financiamiento y lo mantengas vigente.
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) informó desde marzo del 2021 que los acreditados pueden acceder a un fondo de protección de pagos por desempleo y una prórroga por hasta 24 meses.
La primera medida es para aquellas personas que al quedarse sin empleo, no tienen los recursos suficientes y solo pueden pagar una parte de la mensualidad de su crédito.
El acreditado podrá usar los recursos de este fondo para completar la totalidad de cada pago y es importante tomar en cuenta que la opción sólo es aplicable para créditos otorgados después de 2009 y que el beneficio sólo se puede solicitar una vez cada cinco años.
-
Fondo de Protección de Pagos por desempleo. Si solo puedes cubrir una parte de tu mensualidad, tienes la opción de usar los recursos de este fondo para completar la totalidad de cada pago
Es importante tomar en cuenta que la opción solo es aplicable para créditos otorgados después de 2009 y que el beneficio solo se puede solicitar una vez cada cinco años