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¿Cotizas en Modalidad 40? IMSS cambia reglas para el salario y los pagos retroactivos

El cambio cierra el paso a los pagos retroactivos, ya que dispone que las nuevas incorporaciones se realicen exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud.

PorFelipe Gazcón 21Noctubre 2026 | EL FINANCIERO/

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) limitó el salario con el que los trabajadores pueden incorporarse a la Modalidad 40, al establecer que podrán hacerlo con el último salario al causar baja con un patrón o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA).

IMAGEN DE www.aforeyfinanzas.com

El cambio quedó establecido en un acuerdo del Consejo Técnico del IMSS publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que también cierra el paso a los pagos retroactivos, ya que dispone que las nuevas incorporaciones se realicen exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud.

Sin embargo, el especialista en seguridad social Ricardo Martínez Rojas advirtió que los cambios del Consejo Técnico “están fuera del marco legal”. Tendrían que primero modificar la ley”.

¿Por qué los cambios en la Modalidad 40 son ilegales?

El director del despacho legal De La Vega & Martínez Rojas sostuvo que el Consejo Técnico no puede restringir mediante un acuerdo las condiciones previstas en la ley, que permite calcular la pensión de cesantía en edad avanzada y vejez con base en el promedio de los salarios correspondientes a las últimas 250 semanas cotizadas.

Explicó que la legislación permite que una persona se incorpore a la continuación voluntaria (Modalidad 40) con un salario distinto al que tenía cuando causó baja, sujeto a las disposiciones aplicables, por lo que limitarlo al último salario registrado más una UMA podría impedir que los trabajadores mejoren su promedio salarial mediante las aportaciones realizadas durante cinco años en la Modalidad 40.

El especialista consideró que cualquier modificación que restrinja los derechos de los asegurados debe realizarse mediante una reforma legal y aplicarse hacia adelante, sin perjudicar a quienes ya están inscritos ni alterar las condiciones bajo las cuales cotizan.

Advirtió que aplicar las nuevas reglas a trabajadores que ya pagan cuotas con un salario superior podría constituir una aplicación retroactiva en perjuicio de sus derechos, prohibida por la Constitución.

El acuerdo del Consejo Técnico establece, como medida temporal, que las personas inscritas en la Modalidad 40 al momento de su entrada en vigor conservarán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado. También reconoce las semanas y los salarios efectivamente pagados para el cálculo de sus futuros derechos pensionarios..

El especialista estimó que el IMSS puede tener argumentos para impedir que una persona pretenda contratar retroactivamente la continuación voluntaria por periodos en los que no estuvo asegurada bajo esa modalidad.

Sin embargo, sostuvo que la ley contempla mecanismos para recuperar derechos cuando una persona vuelve a cotizar en el régimen obligatorio y cumple los requisitos correspondientes.

Por ello, advirtió que el Consejo Técnico no puede modificar mediante acuerdos administrativos las condiciones establecidas en la legislación para recuperar esos derechos.

El acuerdo también ordena analizar durante los próximos seis meses el efecto financiero de la Modalidad 40 y, con base en los resultados, elaborar una propuesta de modificación normativa que deberá someterse a consideración del propio Consejo Técnico.

Martínez consideró que cualquier ajuste posterior deberá apegarse a la ley o acompañarse de las reformas legales necesarias, sin afectar retroactivamente a los asegurados.

En cuanto a la obligación de realizar las nuevas inscripciones exclusivamente por medios digitales, reconoció que la modernización administrativa puede reducir la burocracia, aunque advirtió que su implementación debe considerar las dificultades que enfrentan algunos trabajadores para utilizar estos sistemas.

Lo nuevo del acuerdo del IMSS, publicado el 21 de octubre de 2026

¿Qué cambia exactamente?

1. Se limita el salario para nuevas incorporaciones o contrataciones posteriores.

Antes era posible elegir un salario de cotización superior al que se tenía al dejar de trabajar, hasta el límite legal aplicable. Con el nuevo acuerdo, el salario será el último registrado al causar baja o hasta ese importe más una UMA, sin que sea inferior al salario mínimo general.

2. Se establece expresamente que no habrá nuevas altas retroactivas.

El aseguramiento comenzará exclusivamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud. Esto impide utilizar una fecha anterior para iniciar una nueva incorporación.

3. La inscripción deberá realizarse exclusivamente por medios digitales.

El IMSS deberá ajustar sus sistemas para que los nuevos registros se tramiten mediante mecanismos digitales que permitan verificar y rastrear los movimientos afiliatorios.

4. Quienes ya están inscritos conservan temporalmente sus condiciones actuales.

Podrán permanecer en la Modalidad 40 bajo las condiciones vigentes hasta que concluya el periodo contratado. Sin embargo, el acuerdo no garantiza que puedan renovar o volver a contratarla con las mismas condiciones.

5. Se abre la puerta a nuevas modificaciones.

El IMSS deberá analizar el impacto financiero de la Modalidad 40 en un plazo de seis meses y, posteriormente, elaborar una propuesta de modificación normativa. Por ahora, el acuerdo no elimina esta modalidad.

¿Qué dice el IMSS sobre los cambios?

Carolina Cisneros Prado, titular de la Coordinación de Afiliación del IMSS, explicó que las nuevas incorporaciones deberán registrarse con el último salario reportado ante el Instituto al momento de la baja, más el valor de una Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, las solicitudes tendrán efectos a partir de la fecha en que se presenten, por lo que ya no será posible contratar periodos retroactivos.

La funcionaria subrayó que la Modalidad 40 no desaparece, sino que busca fortalecer su funcionamiento y evitar prácticas de simulación laboral.

¿Qué pasa con quienes ya están en Modalidad 40?

El IMSS informó que las personas actualmente inscritas conservarán las semanas cotizadas y las aportaciones realizadas. Quienes cuenten con registros previos mantendrán las condiciones autorizadas al momento de su incorporación.

En cuanto a las personas trabajadoras independientes, podrán continuar cotizando mediante el esquema diseñado para ellas, pero las semanas reconocidas bajo esa modalidad no podrán utilizarse para cumplir los requisitos de inscripción a la Modalidad 40 ni podrán coexistir ambos mecanismos de manera simultánea.

Cisneros Prado también anunció que el Instituto fortalecerá los trámites digitales para consultar información, dar seguimiento a solicitudes y realizar pagos mediante el Portal Ciudadano del IMSS.

El objetivo, indicó, es facilitar las gestiones, reducir los tiempos de atención y evitar desplazamientos innecesarios a las oficinas del Instituto.

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