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Emiten guía a bancos para detectar dinero producto de actividades criminales.UIF ya podrá detectar operaciones ligadas a extorsión desde cárceles.

El objetivo de esta guía es fortalecer la detección y mitigación de riesgos asociados a la vinculación entre la extorsión y las operaciones con recursos de procedencia ilícita.

CIUDAD DE MEXICO,25 MAYO 2026/con información de EL CEO/

Los bancos de México y Hacienda emitieorn una guía para bllindar al ecosistema bancario, la cual incorpora señales de alerta tempranas, indicadores detallados para el análisis transaccional, recomendaciones puntuales de monitoreo y medidas mitigantes frente a las amenazas identificadas. Con esto, las instituciones financieras podrán enfocar de manera más eficiente sus recursos de supervisión,exponen en un comunicado de la Secretaria de Hacienda.

Los bancos tienen un plazo estricto de 60 días naturales para presentar la guía ante sus respectivos Comités de Comunicación y Control para su debida aprobación y adopción.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), emitió una guía dirigida a instituciones financieras para fortalecer la detección de operaciones relacionadas con extorsión y recursos de procedencia ilícita.

El documento fue desarrollado en coordinación con la Asociación de Bancos de México (ABM) Hacienda anunció la publicación de la “Guía para Sujetos Obligados del Sector Financiero en el Monitoreo del Perfil Transaccional de Clientes y/o Usuarios: Casos Relacionados a Extorsión”, cuyo objetivo es mejorar los mecanismos de monitoreo, análisis y mitigación de riesgos vinculados con ese delito.

El organismo encontró la recepción de transferencias electrónicas con conceptos recurrentes y la movilización acelerada de recursos mediante aplicaciones móviles, las cuales concentraron alrededor del 70% de las operaciones observadas en el caso analizado.

 En un plazo de 60 días naturales debe presentar la guía ante sus respectivos Comités de Comunicación y Control para su aprobación y adopción.Posteriormente, las instituciones dispondrán de otros 60 días naturales para incorporar las medidas y criterios contenidos en el documento dentro de sus procesos internos de análisis y reporte de operaciones, conforme a sus modelos de riesgo.

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